MADERO 06/05/24
A más de 40 años de prisión, sentencian a Moisés G., responsable del feminicidio de Perla R., ocurrido en 2022, en el municipio de Madero
La pena fue emitida por
los delitos de feminicidio y violencia familiar, este último, ejercido en
contra de la madre de la víctima y su hermano menor de edad
RED 113 MICHOACÁN/Redacción
Madero, Michoacán, a 6 de mayo de 2024.- La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE)
obtuvo sentencia condenatoria de 40 años y 6 meses de prisión, así como el pago
de la reparación del daño en contra de Moisés G., responsable en el feminicidio
de Perla R.
De acuerdo a constancias
que forman parte de la investigación, en septiembre del 2022, Moisés G., inició una relación con Ninfa G., madre de
Perla R., a quien agredió física y verbalmente, lo que provocó que la mujer se
alejara; sin embargo, el detenido la amenazó con atentar contra su vida o la de
sus hijos si no volvía con él. Estas manifestaciones ocurrieron de manera
reiterada.
El 13 de abril,
Ninfa G., y su familia viajaron a la localidad de Poder
de Dios, municipio de Madero, con la finalidad de pasar unos días; sin embargo,
el 14 de abril, Perla R., de 18 años
salió a la tienda acompañada de otras personas, cuando fue sorprendida por el
investigado y su cómplice, quienes desde una motocicleta en movimiento
accionaron un arma de fuego, provocándole una herida a la estudiante, quien
murió mientras era trasladada a recibir atención médica.
Lo anterior dio origen a
una investigación, durante la cual se pudieron obtener datos de prueba
concretos y específicos de la participación de Moisés G., en los delitos de
feminicidio y violencia familiar, cometidos en agravio de la joven, su madre y
su hermano. En su momento Moisés G., fue ubicado y detenido en el estado de
Nuevo León, en cumplimiento a una orden de aprehensión.
Tras los alegatos de clausura
un Tribunal de Enjuiciamiento emitió sentenciar a Moisés G., a 37 años y 6
meses de prisión por el delito de feminicidio y 3 años más por el delito de
violencia familiar, dando una pena de 40 años y 6 meses, además de realizar el
pago de la reparación del daño.
De conformidad con lo
establecido en el apartado C del artículo 41 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, a partir del 1 de marzo y hasta la conclusión de la
jornada comicial, debe SUSPENDERSE, la difusión de toda propaganda
gubernamental, con excepción de los servicios educativos, de salud o relativos
a protección civil. El contenido vertido en esta plataforma es de carácter
institucional y con fines informativos.