miércoles, 23 de febrero de 2022

Todas y todos los notarios michoacanos podrán ser elegibles en su Consejo

 

Todas y todos los notarios michoacanos podrán ser elegibles en su Consejo



  • Congreso reformó la Ley del Notariado del Estado, con ello eliminó requisitos discriminatorios

Morelia, Michoacán, 23 de febrero de 2022. Con la finalidad de abrir las puertas a la participación efectiva de las mujeres y a todos los notarios públicos del estado, para que puedan formar parte del Consejo del Colegio de Notarios, el Pleno de la Septuagésima Quinta Legislatura aprobó una reforma al artículo 137 de la Ley del Notariado del Estado de Michoacán de Ocampo.

 

Con ella, ahora el Colegio de Notarios será representado por un Consejo integrado por Presidente, Secretario, Tesorero y tres Vocales, atendiendo la paridad de género y sus miembros serán electos de entre todas y todos los notarios del Estado.

 

Las y los legisladores establecieron que las y los miembros del Consejo durarán en sus funciones dos años y serán electos por mayoría, mediante el voto individual y público que cada notario emita en asamblea del Colegio, la que se Celebrará cada primer sábado del mes de diciembre, del año en que corresponda renovar el Consejo Directivo.

 

De igual forma, se definió que la asamblea electoral será convocada por la Secretaría de Gobierno y requerirá de un quórum del cincuenta por ciento más uno de las y los notarios de número en ejercicio; de no existir el porcentaje indicado, se citará a una segunda, para el siguiente sábado del mismo mes, en la que se elegirá al Consejo con las y los notarios que asistan.

 

La reforma pretende abrir las puertas a la participación efectiva de las mujeres en el gremio notarial, y resalta la necesidad de que el Consejo Directivo de Notarios se integre atendiendo a los principios de igualdad, pluralidad, perspectiva de género y no discriminación.

 

Cabe resaltar que con anterioridad únicamente los notarios que actuaban y ejercían dicha función notarial en Morelia, tenían el derecho de aspirar a dichos cargos, mientras que el resto de los notarios en todo el Estado de Michoacán, no contaban con el derecho de pertenecer en calidad de Presidente, Secretario o Tesorero del Consejo de Notarios.

 

En el Dictamen puesto a consideración del Pleno, se estableció que la ley restringía el derecho humano, como el de ejercer con plena libertad, el derecho de participar en un proceso de elección como aspirante a un cargo de honor, como lo es, el pertenecer al Consejo de Notarios, pues solo estaba reservado para los notarios de la Ciudad Morelia.

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