lunes, 11 de octubre de 2021

Poder Judicial de Michoacán emite reglamento para el órgano responsable de certificar a personas facilitadoras

 Poder Judicial de Michoacán emite reglamento para el órgano responsable de certificar a personas facilitadoras 



 Las evaluaciones periódicas se reflejan en una atención más profesional y bajo

estándares de calidad nacional e internacional

Morelia, Michoacán, 11 de octubre de 2021. Para dar cumplimento a los marcos

normativos que regulan los mecanismos alternativos de solución de controversias, el

Poder Judicial de Michoacán expidió -mediante acuerdo del Consejo- el reglamento que

establece las atribuciones, organización y funcionamiento del órgano interno

responsable de llevar a cabo la certificación de las personas facilitadoras de la

institución.

En él se detallan tanto las etapas que integran la acreditación, como la renovación y

revocación de la misma, además de los requisitos que deben cumplir quienes aspiran a

participar en ella; en cuanto a la evaluación, incluye comprobar la asistencia a

actividades de capacitación teórico-prácticas con una duración mínima de 180 horas.

Derechos humanos, técnicas de mediación, conciliación y negociación, manejo de la ira,

control de crisis, violencia y equidad de género, son algunos temas que deben ser

estudiados durante el periodo de revisión.

En el caso de quienes conocen asuntos del sistema integral de justicia penal para

adolescentes, la formación debe incluir el estudio del derecho de la niñez, así como

medidas de sanción especiales y prevención del delito para este grupo de población.

La certificación hace constar que se tienen los conocimientos además de las habilidades

necesarias para aplicar los mecanismos alternos; la vigencia es de tres años y durante

ese periodo, quienes laboran en el Centro Estatal de Justicia Alternativa y Restaurativa

del Poder Judicial, deben acreditar 100 horas de actualización académica.

A decir del personal del Centro, las evaluaciones periódicas se reflejan en una atención

más profesional y bajo estándares de calidad nacional e internacional que las propias

leyes establecen. Su labor es fundamental ya que pese a no ser parte activa en la

mediación, contribuyen a crear las condiciones adecuadas para que quienes están en

conflicto, se comuniquen de manera asertiva y con ello, propiciar una solución.

Cabe mencionar que todos los facilitadores en activo que se desempeñan en el Centro

cuentan con esta certificación; en marzo de este año, 16 personas aprobaron la

valoración al acreditar los conocimientos que el cargo y el propio procedimiento exigen.

La lista de facilitadores en mecanismos alternativos de solución de controversias puede

consultarse en: https://bit.ly/3iHW4mD

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