Con cambios estructurales, el gobierno
de Salvador Jara Guerrero busca ordenar y fortalecer las finanzas públicas
- Reformas
a cinco marcos legales propuestas por el Ejecutivo, y aprobadas en
el Congreso, fortalecen las capacidades de ingreso de la administración
estatal y los Ayuntamientos.
Morelia, Michoacán, a 27 de diciembre de
2014.- Ordenar a fondo las finanzas públicas y
fortalecer las capacidades recaudatorias del Gobierno del Estado, son los
principales objetivos del paquete económico y fiscal 2015, con el que Salvador
Jara Guerrero busca cumplir su propósito de heredar al próximo gobernador una
hacienda estatal más sana y con mayores posibilidades de invertir en favor del
desarrollo de Michoacán y el bienestar de los michoacanos.
La
administración de Jara Guerrero cimentará la ejecución del Presupuesto de
Egresos 2015, aprobado por el Congreso del Estado, en una serie de
cambios estructurales derivados de las reformas a cinco marcos
legislativos, impulsadas por el Ejecutivo con el propósito de dar mayor solidez
a la aplicación de la Ley de Ingresos, y contribuir a reducir el déficit
presupuestario.
La
LXXII Legislatura aprobó el pasado 23 de diciembre reformas a las leyes de
Coordinación Fiscal, de Hacienda del Estado, de Hacienda Municipal, al
Código Fiscal, y a la Ley de Catastro; así, tanto el Gobierno del Estado como
los Ayuntamientos se fortalecen en materia fiscal y financiera. Además, la
actualización de Michoacán en materia fiscal facilitará las relaciones
comerciales con entidades vecinas.
LEY
DE COORDINACIÓN FISCAL
A
partir de 2015 se incorpora el Fondo de Fomento Municipal, que se integrará con
recursos que podrán servir como fuente de pago de las obligaciones que
contraigan los municipios con la federación o instituciones bancarias, y ser
usados como garantía de pago en caso de incumplimiento, previa autorización del
Congreso del Estado.
Se
establece que recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los
Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, podrán
afectarse como garantía del cumplimiento de sus obligaciones de pago de
derechos y aprovechamientos por concepto de agua y descargas de aguas
residuales, por lo que en caso de incumplimiento, la Comisión Nacional del Agua
efectuará la retención y pago del adeudo con recursos de este fondo.
Estados
y municipios continuarán pagando el Impuesto Sobre la Renta de los
Trabajadores, el cual será reintegrado por parte de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, siempre y cuando se pague en tiempo y forma, y con recursos
provenientes de ingresos propios, así como de las participaciones de ingresos
federales y estatales.
LEY
DE HACIENDA DEL ESTADO
Con
la reforma a esta Ley se modificó, entre otras cosas, el Impuesto sobre
Servicios de Hospedaje que anteriormente estaba etiquetado en un 90 por ciento
a la industria turística, siendo ahora de libre disponibilidad.
LEY
DE HACIENDA MUNICIPAL
Homologa
las leyes de ingresos de los municipios con el Clasificador por Rubro de
Ingresos emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable.
Establece
que propietarios de predios ejidales parcelados y los destinados para uso
común, pasarán a tributar al régimen de los contribuyentes que pagan el
Impuesto Predial Urbano o Rústico, según corresponda.
Con
esta reforma, se excluye del pago de cuota mínima del Impuesto Predial a las
instituciones educativas en las que se imparta enseñanza preescolar, primaria,
secundaria, media superior y superior, con fines de lucro. No obstante, propone
que las personas físicas o morales propietarias de estas instituciones paguen
solamente 10 por ciento de la cuota correspondiente al ejercicio fiscal 2015,
incrementándose este mismo porcentaje en cada ejercicio fiscal hasta
pagar el 100 por ciento en el año 2024.
CÓDIGO
FISCAL
Con
las modificaciones al Código Fiscal, además de las personas físicas y morales,
son incluidas las llamadas “Asociaciones en Participación”. Además,
precisa la reciprocidad de derechos y obligaciones para los contribuyentes.
El
nuevo marco legislativo permite que las declaraciones de contribuciones puedan
ser modificadas hasta en tres ocasiones mediante declaraciones complementarias,
y aumenta hasta en 100 por ciento las sanciones por infracciones y delitos
fiscales.
LEY
DE CATASTRO
La
reforma define procedimientos transparentes y precisos para la adecuada
integración del Catastro Estatal, tales como inscripción de predios, la
determinación de los valores unitarios de terreno y de construcción, y la
valuación y revaluación de inmuebles.
Los
Ayuntamientos tienen mayor participación al otorgárseles
facultades en materia de actualización de valores unitarios de
terreno y construcción, actualización de la cartografía municipal, conservación
de claves catastrales y trabajos técnicos de valuación- revaluación.
El
subsecretario de Finanzas estatal, Óscar Juárez Davis, destacó que la
aprobación del nuevo marco legal representa un voto de confianza que el Poder
Legislativo otorga al gobernador Salvador Jara Guerrero y su compromiso de
fincar las bases para el desarrollo integral de Michoacán.
El
funcionario de la Secretaría de Finanzas y Administración añadió que estas
reformas, en el mediano plazo, “tendrán un efecto positivo en el incremento de
la base gravable y por ende en la recaudación, generando mayores ingresos para
beneficio de la sociedad de Michoacán”, sin dejar de lado que otorgan mayores
certezas jurídicas a los contribuyentes.